Uso de insectos en alimentación animal: El MAPA publica un documento de preguntas y respuestas
El MAPA ha elaborado un Documento de preguntas y respuestas sobre la normativa relativa al uso de insectos en alimentación animal, que fue aprobado por la Comisión Nacional de Coordinación en materia de Alimentación Animal el pasado mes de octubre. Es una guía de interés para los operadores que deseen incorporar insectos como ingrediente en las dietas de los animales de granja.
⇒ Entre otras, que los insectos usados para alimentar a otros animales, deben ser:
- sanos y seguros
- adecuados a sus objetivos y de calidad comercializable
- no tener ningún efecto adverso directo en el medio ambiente ni en el bienestar de los animales
- no contener o estar contaminados con materias primas cuya comercialización o utilización para la alimentación animal esté prohibida o restringida.
Cuando se destinen a la alimentación de otros animales, los insectos se consideran «pienso».Y entre los distintos tipos de pienso que recoge la normativa, «materias primas para piensos», tanto los insectos vivos como muertos.
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Las especies de insectos que se pueden suministrar vivos para alimentación animal deben cumplir las siguientes condiciones:
- no tratarse de especies patógenas para humanos o animales o que tengan efectos nocivos para la salud humana, animal o vegetal
- no estar reconocidas como vectores de patógenos humanos o animales o de fitopatógenos
- no estar protegidas o definidas como especies foráneas invasivas
Las especies de insectos que actualmente se crían en la Unión y que, de acuerdo con el perfil de riesgo elaborado por la EFSA, cumplen las citadas condiciones, son las siguientes:
- mosca soldado negra (Hermetia illucens)
- mosca común (Musca domestica)
- gusano de la harina (Tenebrio molitor)
- escarabajo de la cama (Alphitobius diaperinus)
- grillo doméstico (Acheta domesticus)
- grillo rayado (Gryllodes sigillatus)
- grillo bicolor (Gryllus assimilis)
Se podrían utilizar otras especies distintas a estas siempre que cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente.