El Quelato de Zinc de sulfato de metionina ha sido incluido en la categoría de “aditivo nutricional”
Según Reglamento de ejecución (UE) 2019/1125 de la comisión de 5 de junio de 2019 se establece la autorización del quelato de zinc de sulfato de metionina como aditivo en piensos para todas las especies animales.
El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.
La solicitud presentada se refiere a la autorización de quelato de zinc de sulfato de metionina como aditivo en piensos para todas las especies animales, que debe clasificarse en la categoría «aditivos nutricionales».
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) concluyó en sus dictámenes de 18 de mayo de 2017 (2) y de 4 de octubre de 2018 (3) que, en las condiciones de uso propuestas, el quelato de zinc de sulfato de metionina no tiene ningún efecto adverso para la salud animal ni la seguridad de los consumidores.
La EFSA concluyó también que el aditivo se considera un posible sensibilizante cutáneo y un irritante ocular y cutáneo, y alertó de un riesgo para los usuarios del aditivo en caso de inhalación.
Por consiguiente, la Comisión considera que deben adoptarse las medidas de protección adecuadas para evitar efectos adversos en la salud humana, en particular la de los usuarios del aditivo.
EFSA también concluyó que:
- El aditivo no supone ningún riesgo adicional para el medio ambiente en comparación con otros compuestos de zinc, y que constituye una fuente eficaz de zinc para todas las especies animales.
- No considera que sea necesario aplicar requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización.
- Era verificable también el informe sobre el método de análisis del aditivo en piensos presentado por el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) n.o 1831/2003.